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LAM N° 2/2025

Ley Municipal de Gestión Integral de Residuos Sólidos (gestión 2025)

Se establece la separación de residuos en origen en orgánicos, reciclables y no aprovechables en todo el municipio.

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LAM N° 2/2025

Ley Municipal de Gestión Integral de Residuos Sólidos (gestión 2025)

Promulgada el 25 de junio de 2025 · Concejo Municipal

El Concejo Municipal de Santa Cruz de la Sierra, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 283 de la Constitución Política del Estado y la Ley Marco de Autonomías y Descentralización N° 031 «Andrés Ibáñez», sanciona la siguiente Ley Autonómica Municipal:

Artículo 1. Se establece la separación de residuos en origen en orgánicos, reciclables y no aprovechables en todo el municipio.

Artículo 2. Las urbanizaciones y condominios deberán habilitar puntos de acopio diferenciado en un plazo de 90 días calendario.

Artículo 3. El incumplimiento será sancionado con multa de Bs 760, destinada al fondo municipal ambiental.

Es dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Santa Cruz de la Sierra. Regístrese, comuníquese y archívese. Fdo. Marcelo Saucedo Sosa, Concejal Secretario.

Texto íntegro reproducido tal como fue aprobado por el Concejo Municipal de Santa Cruz de la Sierra. Para usos legales, descargá el PDF oficial firmado.

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