El Ejecutivo Municipal de Santa Cruz de la Sierra aprueba el presente Reglamento, de cumplimiento obligatorio en toda la jurisdicción del municipio:
Artículo 1. Establécense las condiciones sanitarias para el faenado y la comercialización de carnes.
Artículo 2. Todo producto cárnico deberá portar el sello de inspección veterinaria municipal.
Artículo 3. El faenado clandestino será sancionado con decomiso y multa de Bs 1.120.
El presente Reglamento entra en vigencia a partir de su publicación. Fdo. Ramiro Montenegro Peña, Secretario Municipal.