Escudo de Santa Cruz de la Sierra
Leyes Autonómicas Municipales
Vigente
#deporte
#juventud
#recreación

LAM N° 10/2016

Ley de Promoción del Deporte y Escuelas Municipales — Fase 1

Créanse las escuelas municipales de iniciación deportiva en 17 canchas y polideportivos.

Concejo Municipal3.946 consultas

LAM N° 10/2016

Ley de Promoción del Deporte y Escuelas Municipales — Fase 1

Promulgada el 21 de octubre de 2016 · Concejo Municipal

El Concejo Municipal de Santa Cruz de la Sierra, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 283 de la Constitución Política del Estado y la Ley Marco de Autonomías y Descentralización N° 031 «Andrés Ibáñez», sanciona la siguiente Ley Autonómica Municipal:

Artículo 1. Créanse las escuelas municipales de iniciación deportiva en 17 canchas y polideportivos.

Artículo 2. Se destina el 30 % del presupuesto de la Dirección de Deportes a categorías formativas.

Artículo 3. Se institucionaliza los Juegos Deportivos Estudiantiles Municipales de carácter anual.

Es dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Santa Cruz de la Sierra. Regístrese, comuníquese y archívese. Fdo. Silvia Dorado Banegas, Concejal Secretario.

Texto íntegro reproducido tal como fue aprobado por el Concejo Municipal de Santa Cruz de la Sierra. Para usos legales, descargá el PDF oficial firmado.

Leyes relacionadas

Otras normas sobre temas o categorías similares.

Buscar más →
Leyes
Vigente
LAM N° 6/2026

Ley de Patentes Comerciales y Tasas Municipales de la gestión (gestión 2026)

La patente anual mínima para microempresas con ingresos menores a Bs 3.370 mensuales se fija en Bs 170.

Abrir
Leyes
Vigente
LAM N° 5/2026

Declaratoria de Alto San Pedro como Zona de Interés Patrimonial y Cultural

Se declara a Alto San Pedro como Zona de Interés Patrimonial Cultural por su valor histórico para el municipio.

Abrir
Leyes
Vigente
LAM N° 1/2026

Ley de Regulación del Transporte Público y Mototaxis en Palmar del Oratorio del Distrito Municipal 11

Se reordenan las rutas de transporte colectivo y mototaxis del sector de Palmar del Oratorio, debiendo los operadores adecuar sus recorridos en un plazo de 45 días calendario.

Abrir