El Alcalde Municipal de Santa Cruz de la Sierra, en uso de las atribuciones conferidas por la Carta Orgánica Municipal y la normativa vigente, DECRETA:
Artículo 1. Reglaméntase el registro de plataformas digitales de transporte y la tasa anual de operación.
Artículo 2. Los operadores deberán acreditar seguro contra terceros vigente y pagar Bs 420 anuales por unidad.
Artículo 3. La Dirección de Tránsito habilitará la inscripción en un plazo de 90 días calendario.
Es dado en el Palacio Consistorial de Santa Cruz de la Sierra. Regístrese, publíquese y cúmplase. Fdo. Roberto Antelo Montenegro, Secretario Municipal de Gobierno.